Comunidad Valenciana. Subvenciones para la integración sociolaboral de trabajadores en riesgo de exclusión social
29/11/2018
El objeto de esta Orden es:
- Establecer un programa de subvenciones destinadas a promover y facilitar la reintegración en el mercado laboral y la protección e inclusión social de grupos vulnerables (la integración sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social) dentro de las empresas de inserción, como paso previo a su inserción definitiva en la empresa ordinaria, así como subvenciones a las promotoras de las empresas de inserción para la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral que apoye al personal en situación o riesgo de exclusión social contratado por sus empresas de inserción, y subvenciones a las empresas ordinarias que contraten personal procedente de empresas de inserción.
- Atribuir a las empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y que contraten personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social, la ejecución del servicio de reintegración en el mercado laboral y la protección e inclusión social de grupos vulnerables (personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de exclusión) como servicio de interés económico general.
- Establecer los requisitos y obligaciones de funcionamiento del servicio de interés económico general consistente en la reintegración en el mercado laboral y la protección e inclusión social de grupos vulnerables (personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de exclusión), atribuido a las empresas de inserción.
Las entidades beneficiarias:
- Empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y que, habiendo sido calificadas con carácter definitivo por el SERVEF, contraten personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social.
- Empresas promotoras de las empresas de inserción que contraten personal técnico de apoyo sociolaboral.
- Las empresas ordinarias que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y contraten personal que haya realizado su itinerario de inserción en una empresa de inserción.
Personas destinatarias finales: las personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social incluidas en los colectivos relacionados en el artículo 4 de la Ley 1/2007, de 5 de febrero, en relación con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.
Las solicitudes se presentarán en la forma, plazo y con la documentación que se establezca en las presentes bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria anual.
Entrada en vigor de la Orden: 17 de noviembre de 2018